LEY 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.
Especifica medidas de obligado cumplimiento para la eliminación de las barreras en el uso de las nuevas tecnologías, son aplicables para la Administración Pública y entidades financiadas por la misma.
Se normalizan las condiciones de Accesibilidad de la Sociedad de la Información, se inspira en los principios establecidos en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, fundamentalmente, accesibilidad universal y diseño para todos.
Se regula el reconocimiento y el uso de la Lengua de Signos Española en el ámbito público y especifica que, las páginas y portales de Internet de titularidad pública o financiados con fondos públicos, se adaptarán a los estándares establecidos para lograr su accesibilidad a las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
En esta Ley se reconoce el derecho de cualquier ciudadano a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos y regula los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información por las Administraciones Públicas.
Regularización de las condiciones de Accesibilidad y no discriminación de los ciudadanos en sus relaciones electrónicas con la Administración General del Estado.